La propuesta de Vivienda extiende las rebajas en el IRPF por bajar el alquiler a las zonas no tensionadas
Los caseros podrían reducirse hasta el 100% de los rendimientos del alquiler en el IRPF


El PSOE ha registrado este jueves en el Congreso una proposición de ley que modifica de forma sustancial el artículo 23.2 de la Ley del IRPF, pilar fiscal del actual modelo de incentivos al alquiler contenido en la Ley por el Derecho a la Vivienda de 2023. El nuevo texto introduce un sistema de reducciones fiscales más ambicioso, con rebajas que llegan al 100%, y simplifica los criterios para acceder a ellas. El objetivo declarado: persuadir a los propietarios a abaratar los precios del alquiler sin necesidad de que la vivienda esté en una zona de mercado tensionado.
Frente al anterior modelo de deducciones menos generoso, el nuevo esquema amplía el rango y afina los requisitos. Es a su vez una estrategia para desbloquear la aplicación de la normativa a la que se siguen negando las comunidades gobernadas por el Partido Popular. A día de hoy, solo hay cuatro territorios que han puesto en marcha las zonas tensionadas o están en vías de tramitarlas: Cataluña, País Vasco, Navarra y Asturias. Pero con estos nuevos parámetros, todos los caseros de España podrían rebajar las rentas aunque la comunidad autónoma de residencia decida no aplicar la ley.
En la actualidad, los arrendatarios pueden deducirse entre un 50% y un 90% del rendimiento neto positivo obtenido por el alquiler de vivienda habitual, en función de criterios como la localización del inmueble, la edad del inquilino o si el contrato supone una bajada de precio respecto al anterior. La nueva propuesta del PSOE reorganiza y amplía ese sistema. En lugar de los cuatro tramos hasta ahora contemplados (que iban del 90% al 50%), el nuevo esquema incluye hasta seis posibles reducciones que van de la totalidad al 60% y suaviza los criterios de la zona tensionada.
De esta forma, si un arrendador firma un nuevo contrato, podrá beneficiarse de una deducción que puede llegar al 100% del rendimiento neto. Pero solo si el nuevo precio se sitúa por debajo del umbral que fijará el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. La cifra todavía no está determinada, pero implica que el Estado renunciará a ingresar este impuesto a cambio de que el propietario contribuya activamente a reducir la presión sobre el mercado.
A partir de aquí, el resto de deducciones se someten a distintas condiciones que, en cualquier caso, atraviesan por el mismo supuesto: reducir el precio del alquiler en más de un 5% respecto al contrato anterior —una vez aplicada la actualización legal del IPC—. En caso de que la vivienda se encuentra en una zona tensionada y el inquilino tenga entre 18 y 35 años, la deducción será del 95%. Si solo se cumple el criterio geográfico, se aplicará un 90%, y si únicamente se cumple la edad del arrendatario, la bonificación será del 85%. En todos los demás casos en los que los propietarios decidan aplicar la rebaja establecida, la deducción será del 60%. De esta forma, la propuesta del PSOE también rompe con la doble condicionalidad que hasta hoy la normativa imponía en cuanto a edad y localización del inmueble.
Nuevos alquileres
La proposición también contempla estos incentivos para los propietarios que decidan sacar una vivienda al mercado por primera vez. Los criterios son los mismos, al igual que los umbrales establecidos para las renovaciones de contratos: la totalidad si el precio es menor a la tarifa fijada por Vivienda; 95% si hay joven e inmueble en zona tensionada, 90% si solo es zona tensionada, 85% si solo hay inquilino joven y 60% en el resto de casos.
La nueva normativa conserva la reducción del 70% para los contratos suscritos con entidades públicas, ONGs o dentro de programas de vivienda social. Para acceder a esta deducción, la vivienda debe destinarse a alquiler social con una renta inferior a la que fija el plan estatal de vivienda; ser un alojamiento de personas en situación de vulnerabilidad económica; programas públicos con limitación de renta establecidos por una istración pública; o tener la calificación de vivienda protegida bajo un régimen específico.
También mantiene la deducción del 60% cuando la vivienda alquilada ha sido objeto de una rehabilitación en los dos años anteriores al contrato. Para beneficiarse de esta deducción, las obras deberán tener un impacto estructural, energético o funcional relevante. De igual forma, se mantiene la rebaja base del 50% para todos los caseros que la actual Ley de Vivienda ya contempla y a la que cualquier propietario tiene derecho por tener rendimientos del alquiler.
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